Se publicó la Resolución MPT N° 346/19, por la cual, a nivel nacional, se permite la emisión de recibos de sueldos digitales a los empleados. Además de cumplir con los requisitos conocidos de la Ley 20744 y sus modificatorias, deben permitir que el trabajador pueda salvar sus recibos de haberes digitales, así como guardar copia de ellos, en los términos y condiciones establecidos por la Ley N° 25.506 y sus modificatorias.
La vigencia comienza el 27 de mayo de 2019.
Para que funcione, tanto el empleador, como sus empleados, deben poseer firma digital, lo cual origina trámites y costos a afrontar. Hay provincias que ya usan la firma digital como Entre Ríos, Neuquén y otras.
Para que tengan solo una idea, pues hay que esperar los planes que ofrezcan los proveedores de seguridad de las firmas digitales, pero en Entre Ríos el canon anual para tenerla supera los $2.500.- a valores de marzo/19.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/207708/20190517
Seguramente bajará el costo cuando sea obligatoria para ser proveedor del Estado, como ya ocurre en otras provincias.