Modifican Impuesto a las Ganancias
En forma retroactiva se modifica la ley de impeusto a las ganancias 2021.
En forma retroactiva se modifica la ley de impeusto a las ganancias 2021.
Se posterga la fecha límite de presentación de DDJJ de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto cedular.
Aceleradamente pasamos de un cambio digital a otro nivel, y luego a otro y todo sigue. Cada año se acelera más y más el cambio tecnológico, sin que nada podamos hacer para frenarlo. Debemos reconocer que ya va muy rápido. Tal vez, el gran desafío no sea entender de que se trata el cambio, sino de aceptar que cada semana que pasa, más y más personas entran a ese nuevo nivel digital y se alejan del mundo comercial tradicional. ¿Cómo medir esta idea? No tendrá un rigor científico, pero es muy sencillo. Tómese el trabajo de contar las personas que pasan caminando por su negocio, y luego contabilice las que entran. Solo las que caminan, pues otras personas que pasen en auto o colectivo, difícilmente se bajen para entrar, y si lo hacen, las contará como peatones. Anote los resultados a diferentes horas del día, y verá, al comparar las mediciones, como semana a semana esos números siguen disminuyendo. Y si no entran a comprar, sus ventas disminuyen. Muy simple, pero efectivo e irrefutable, si no entran compradores potenciales, no tendrá ventas. Los gastos aumentan mes a mes, por la inflación, y si sus ventas disminuyen, el “efecto prensa” comprime sus ganancias rápidamente, hasta hacerlas desaparecer. Ud., como empresario o comerciante, vive de esas ganancias. Para modificar esta realidad a tiempo, solo puede hacer una cosa: obtener ventas de otro sector, y ese nuevo sector es Internet, porque abrir una sucursal, solo empeora el “efecto prensa”, salvo que acierte de entrada, en un barrio que no tiene competencia directa tradicional. Sería una excepción. Obviamente, entrar a un nuevo mercado exige conocimientos, relevamientos, saber que y como presentar sus productos, y aprender a gestionarlo. Difícil… no!, pero sí complicado. Consume tiempo y mucho esfuerzo. El ESTUDIO EIC puede asesorarlo en todos estos aspectos. Tenemos casos de éxitos locales que nos avalan, y sabemos de Internet, desde hace décadas. Es muy simple, nuestro primer sitio Web data del año 1999 y nuestro dominio Web se inscribió en Julio/2000, porque antes era solo un “.com” sin el “.ar”. ¡¡¡Más de dos décadas en Internet!!! Recuerden que Facebook y Google Maps nacieron, recién en el año 2004. Y si lo desea, también puede contratar nuestro servicio de apoyo en el eCommerce. Con mínimos costos, podrá aumentar sus ventas rápidamente y no depender más de los peatones que caminen frente a su negocio, para poder vender al país entero y hasta exportar. No es solo publicar en Internet y nada más, hay que ser constantes, gestionar a tiempo, saber cerrar una venta online, monetizar, dar seguridades, capacitarse, seguir la logística, validar las encuestas, controlar la cobranza, etc., etc. Esperamos su consulta por teléfono (si lo desea), o por WSP, por Skype o Signal, por Facebook, por Twitter, o sino por email, si aún lo utiliza. Campana, febrero de 2020.
Ante el asueto administrativo en el gobierno(día 24), adelantaron la publicación de la LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA PÚBLICA, N°27.341, con un suplemento vespertino del Boletín Oficial, del 23/12/19. Se promulga con una observación. Hay muchos cambios que afectan impuestos en forma retroactiva, como Ganancias y Bienes Personales. Sin embargo, antes de enumerar detalles es necesario conocer la reglamentación de la Ley para entender claramente sus alcances. Para ello, hay que esperar unos días. Algo similar nos ocurrió con la reforma impositiva publicada el 28/12/18. https://www.boletinoficial.gob.ar/suplementos/2019122301S.pdf
Se ha modificado la Ley de Impuesto a las Ganancias, insertando el ajuste por inflación en ciertos y determinados Estados Contables, iniciados el 01/01/2018, y en otros casos cerrados luego del 31/12/2017. Hay que estudiar cada caso. https://www.boletinoficial.gob.ar/?fbclid=IwAR2_TEureKDIHi2Pi3k9HlZ6LSHxB86JYxTtKpBVQWioYCwb8nJrDmlqNXo#!DetalleNorma/197153/20181204
Vivimos con alta inflación y entonces los procesos de actualización son inevitables. El ajuste por el RIPTE ahora beneficia a los contribuyentes del Impuesto a las Ganancias, especialmente los empleados en relación de dependencia. La AFIP ha actualizado los montos de las deducciones, para el 2018, utilizando el índice RIPTE a octubre del 2017, con valor de 1,2877. Consúltenos por los valores.
Finalmente, con nuevos aplicativos, nuevos valores y algunas otras modificaciones llegamos al momento de presentar la DJ anual, período 2017, de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El impuesto sobre los Bienes Personales pronto dejara de existir y será reemplazado por uno nuevo, que no conocemos aún. La AFIP ha ajustado el aplicativo Web para estas presentaciones, por separado, a diferencia del SIAp que era en conjunto. Más tarea, con más información detallada, es lo que se viene. A los aplicativos Web se accede por clave fiscal. Los pagos deben hacerse en forma bancarizada, por VEP. Estos son los vencimientos generales. Los socios de empresas que cerraron ejercicio en diciembre, tienen este mismo vencimiento. desde el 11/06/18 al 13/06/2018.
El 9/4/18 se publica el Decreto PEN N°279/18 por la cual se completa la reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias, estableciendo los detalles para liquidar la renta financiera ganada. https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/181194/20180409 También leer la RG AFIP N° 4227/18. https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/181533/20180412
Impuesto a las Ganancias. Nuevos valores a partir del 01/01/2018: Por las ganancias no imponibles hasta $ 66.917,91 anuales. Por la deducción especial de 4ta categoría, hasta la suma de $ 66.917,91. Por el cónyuge $ 62.385,20 anuales. Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $ 31.461,09 anuales. Legisladas por los Artículos 23 y 90 de la Ley. Recuerde actualizar su F572 Web para el año 2017, antes del 31/01/2017, y para el 2018, desde el 01/01/2018.
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