Preguntas frecuentes

  • 1. AFIP
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  • 1. Si me inscribo en Monotributo, ¿eso incluye a Ingresos Brutos?
     

    No. El Monotributo en nacional y lo recauda la AFIP.  El impuesto a los Ingresos Brutos es provincial y lo recauda cada provincia.  (ARBA, ATER, AGIP, API, DGR, etc.)

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  • 2. ¿Puedo tener beneficios en mi pre-paga de salud, si me inscribo en Monotributo?
     

    Sí, siempre y cuando en el Monotributo, elijas la Obra Social que tu pre-paga te indique.  Este cambio solo es factible una vez al año.

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  • 3. ¿Puedo tener beneficios en mi pre-paga de salud, si me inscribo en Monotributo?
     

    Sí, siempre y cuando en el Monotributo, elijas la Obra Social que tu pre-paga te indique.  Este cambio solo es factible una vez al año.

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  • 4. ¿El IVA es siempre el 21%?
     

    La alícuota de IVA no es única, De acuerdo al tipo de servicio, o a la actividad, puede ser mayor o menor al 21%. Hay muchas alternativas, incluso productos exentos del IVA.

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  • 5. ¿Cuánto se paga de Ganancias?
     

    Es un impuesto con una liquidación muy compleja.  No es sencillo. Las sociedades pagan el 35% de la ganancia neta ajustada.  Las personas físicas se dividen en autónomas y en relación de dependencia, y cada grupo se liquida muy distitno, auqnue utilicen la misma tabla final de cálculo con varias alícuotas, de acuerdo a la ganancia final.

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  • 6. ¿El F572Web, debo completarlo todos los años?
     

    Los empleados en relación de dependencia y los que perciben jubilaciones y pensiones, de acuerdo con su nivel de remuneración, están obligados a compeltar y enviar el F572Web, todos los años, y dentro del año fiscal, cada vez que incluyan una modificación.

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  • 7. Necesito saber hasta cuando puedo modificar mi F 572.
     

    EL F 572 Web se puede modificar todas las veces que sea necesario dentro del año fiscal, que comprende el período enero a diciembre, de cada año.  Se otroga un plazo extendido, hasta el 31 de enero del año subsigueitne, para poder moficar el F 572 Web del año anterior.

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  • 8. Quiero saber cuanto debo pagar de Ingresos Brutos.
     

    El impuesto sobre los Ingresos Brutos está legislado en cada Estado provincial, y su liquidación depende de la Ley Fiscal de cada Estado.  No hay una liquidación general para todos, ni una alícuota que se repita.  Todo depende de esa Lay Fiscal provincial.  Seguramente también sufrirá percepciones y retenciones, a cuenta.

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  • 9. ¿Cuándo me debo inscribir en el Convenio Multilateral?
     

    Solo cuando tenga actividad habitual en más de un Estado.  Se deberá inscribir con los domicilios de esos Estados y en el Convenio Multilateral que regula la Comisión Arbitrla, que distribuye los ingresos brutos entre los Estados miembros.

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